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Niegan decisión del Supremo sobre ley 54 discrimine contra homosexuales
El juez presidente del Tribunal Supremo, José Andreu García, rechazó que la decisión de excluir a las parejas homosexuales de la ley 54 de violencia doméstica convierta a ese grupo en "ciudadanos de segunda clase" y emplazó a la Legislatura a resolver las lagunas que tiene ese estatuto.

"Me sorprende mucho porque lo que se pretende es que el Tribunal Supremo resuelva un problema legislativo... La opinión claramente dice que todo lo que hay que hacer es enmendar la ley e incluir a ese grupo de personas", dijo en entrevista con Prensa Asociada.

La sentencia del Tribunal Supremo devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para que continúen los procedimientos, pero no bajo el delito de violencia doméstica sino como una agresión. "Consideramos que dicha interpretación no encuentra sustento en el historial legislativo del estatuto en cuestión. La expresión 'relación consensual' estuvo ausente en el proyecto de administración radicado en ambos cuerpos legislativos el 28 de abril de 1989", dice, sin embargo, la opinión emitida el pasado 8 de abril.

El Juez Presidente aseguró que la decisión se tomó luego de un extenso estudio sobre los alcances de la legislación. "Para nosotros fue un proceso muy difícil... este caso fue bien ponderado... solamente el tiempo dirá si nosotros teníamos la razón", subrayó. Aunque la sentencia emitida por el Supremo sugiere que el enfoque primordial de la legislación es la protección de la mujer maltratada en una relación de pareja, una de las más fuertes críticas del fallo fue la propia Procuradora de las Mujeres.

María Dolores Fernos acusó al más alto foro judicial del país de haber perdido a sabiendas una oportunidad histórica para emitir una decisión de vanguardia para hacerle justicia a este sector de la sociedad, en lugar de una decisión conservadora que coloca a los homosexuales como ciudadanos de segunda clase. "Yo no veo por qué esta decisión pone a este grupo como ciudadanos de segunda clase...la ley 54 no establece un derecho fundamental de nada. Si se hubiera tratado de un derecho fundamental, yo le aseguro que el Tribunal Supremo hubiera ido hasta donde legalmente hubiera podido llegar para tratar de salvar una inconstitucionalidad", respondió el Juez Presidente.

Fue precisamente Andreu García el que decidió la sentencia en una votación 4 a 3. Cuestionado por haberse unido a la llamada "ala conservadora" del tribunal, Andreu García señaló que "las cosas se ven de acuerdo al color del cristal con que se miren". Según el Juez Presidente, la decisión puede ser evaluada como una conservadora desde el punto de vista de unos grupos de interés en específico; pero puede ser calificada como liberal desde el punto de vista del acusado.

"Las críticas son buenas, nunca nosotros resentimos las críticas ni tampoco nos dejamos llevar por las alabanzas... son procesos democráticos que son saludables", aseguró.

FUENTE: PRIMERAHORA.COM Y PRENSA ASOCIADA


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